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Derecho Laboral · Región del Maule

Abogado laboral en Talca: despido injustificado y tutela laboral

Si te despidieron y crees que no correspondía, el tiempo corre en tu contra desde el primer día. Acá está lo que necesitas saber antes de firmar cualquier cosa.

Respuestas rápidas

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
60 días hábiles desde el despido. Se extiende hasta 90 si reclamas en la Inspección del Trabajo.
¿Cuánto me corresponde?
Un mes por año trabajado (tope 11 años), más el mes de aviso previo si no te avisaron, más feriado proporcional. Si el despido fue injustificado, se suma un recargo.
Ya firmé el finiquito, ¿puedo reclamar?
A veces sí: el finiquito no cubre las cotizaciones impagas ni lo que se firmó con reserva de derechos.

Información general sobre derecho laboral chileno. Cada caso depende de sus antecedentes: para evaluar el tuyo, escríbenos.

60 días hábiles desde el despido para demandar. Es el plazo que más veces deja a un buen caso sin solución.

Qué te corresponde cuando el despido es injustificado

Si el tribunal declara que el despido fue injustificado, indebido o improcedente, la indemnización por años de servicio aumenta con un recargo que depende de la causal que invocó el empleador:

Situación Recargo
Necesidades de la empresa aplicada indebidamente 30%
No se invocó ninguna causal 50%
Causal de caducidad (conducta del trabajador) declarada injustificada 80%
Imputación de conductas graves declarada carente de motivo plausible 100%

A eso se suman el feriado proporcional, las remuneraciones pendientes y, cuando corresponde, la indemnización sustitutiva del aviso previo.

Tres situaciones que conviene reconocer a tiempo

Cotizaciones impagas: nulidad del despido

Si al momento del despido tus cotizaciones no estaban al día, el despido no produce efecto. El empleador debe seguir pagando tus remuneraciones hasta convalidarlo pagando lo adeudado, con tope de seis meses. Vale la pena revisar tu certificado de cotizaciones antes de firmar cualquier finiquito.

Autodespido: cuando el que incumple es el empleador

No siempre hay que esperar a que te despidan. Si el empleador no paga, no cotiza, o incumple gravemente el contrato, puedes poner término tú y demandar las mismas indemnizaciones que en un despido injustificado. El plazo también es de 60 días hábiles.

Tutela laboral: cuando se vulneran derechos fundamentales

Acoso laboral, represalias por reclamar lo que te corresponde, discriminación o despidos que afectan tu honra entran en un procedimiento distinto y más protector, con una indemnización adicional de 6 a 11 meses de tu última remuneración.

Qué llevar a la primera reunión

Si no tienes todo, igual conviene consultar: parte de esa documentación se puede solicitar durante el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para demandar por despido injustificado?

60 días hábiles desde la separación de funciones. El plazo se suspende si reclamas ante la Inspección del Trabajo, pero nunca supera los 90 días hábiles. Vencido, el derecho caduca.

¿Cuánto me corresponde si me despiden por necesidades de la empresa?

30 días de la última remuneración por cada año trabajado y fracción superior a seis meses, con tope de 11 años; más el mes de aviso previo si no hubo aviso con 30 días, feriado proporcional y remuneraciones pendientes. La remuneración de cálculo tiene tope de 90 UF.

¿Qué es el autodespido o despido indirecto?

Es poner término tú al contrato cuando el empleador incumple gravemente: no paga, no cotiza, maltrata o incumple el contrato. Se comunica la causal y se demanda dentro de 60 días hábiles, con derecho a las mismas indemnizaciones que un despido injustificado.

¿Y si no pagaron mis cotizaciones?

Opera la nulidad del despido (Ley Bustos): el despido no pone término al contrato y el empleador sigue debiendo remuneraciones y cotizaciones hasta convalidarlo pagando lo adeudado, con tope de seis meses.

¿Qué es la tutela laboral?

El procedimiento que protege derechos fundamentales en el trabajo: no discriminación, honra, integridad, libertad de expresión y vida privada. Cuando la vulneración ocurre con el despido, contempla una indemnización adicional de 6 a 11 meses de la última remuneración.

¿Puedo demandar si ya firmé el finiquito?

Depende. El finiquito ratificado ante ministro de fe libera respecto de lo que consta en él, pero no alcanza a las cotizaciones impagas, a lo firmado con reserva de derechos ni a conceptos no incluidos. Conviene revisarlo antes de firmar y, si ya firmaste, igual vale la pena revisarlo.

Revisemos tu caso antes de que corra el plazo

La primera consulta es de diagnóstico: revisamos tu situación y te digo con claridad si hay caso y qué se puede reclamar.

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